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Calculadora de interés de demora entre empresas

El tipo vigente para el segundo semestre de 2026 es el 10,4 %. Si tu factura lleva vencida más de un semestre, cada tramo va a su tipo: esta calculadora los parte y los suma.

La mora corre desde el día siguiente, sin necesidad de reclamar antes.

Rellena un importe y una fecha de vencimiento válidos.

De dónde sale ese porcentaje

El art. 7.2 de la Ley 3/2004 fija el interés de demora en el tipo que el Banco Central Europeo aplicó a su más reciente operación principal de financiación antes del primer día del semestre, más ocho puntos porcentuales. El Tesoro lo publica en el BOE cada seis meses.

Serie verificada contra el BOE
SemestreTipo BCE+ 8 puntosPublicación
2º semestre de 20262,4 %10,4 %BOE-A-2026-14327
1º semestre de 20262,15 %10,15 %BOE-A-2025-27201
2º semestre de 20252,15 %10,15 %BOE-A-2025-13217
1º semestre de 20253,15 %11,15 %BOE-A-2024-27618
2º semestre de 20244,25 %12,25 %BOE-A-2024-13089
1º semestre de 20244,5 %12,5 %BOE-A-2023-26709
2º semestre de 20234 %12 %BOE-A-2023-15221

El error que comete casi todo el sector

Para una factura impagada entre empresas no se aplica el interés legal del dinero (3,25 %) ni el interés de demora tributaria (4,0625 %). Ambos vienen de la Ley 31/2022 (PGE 2023), prorrogada por el art. 134.4 CE al no haber PGE posteriores. No son el interés de demora del art. 7 de la Ley 3/2004. La diferencia sobre una factura de 10.000 € vencida un año es de más de 700 €.