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Calculadora de interés de demora entre empresas
El tipo vigente para el segundo semestre de 2026 es el 10,4 %. Si tu factura lleva vencida más de un semestre, cada tramo va a su tipo: esta calculadora los parte y los suma.
La mora corre desde el día siguiente, sin necesidad de reclamar antes.
De dónde sale ese porcentaje
El art. 7.2 de la Ley 3/2004 fija el interés de demora en el tipo que el Banco Central Europeo aplicó a su más reciente operación principal de financiación antes del primer día del semestre, más ocho puntos porcentuales. El Tesoro lo publica en el BOE cada seis meses.
| Semestre | Tipo BCE | + 8 puntos | Publicación |
|---|---|---|---|
| 2º semestre de 2026 | 2,4 % | 10,4 % | BOE-A-2026-14327 |
| 1º semestre de 2026 | 2,15 % | 10,15 % | BOE-A-2025-27201 |
| 2º semestre de 2025 | 2,15 % | 10,15 % | BOE-A-2025-13217 |
| 1º semestre de 2025 | 3,15 % | 11,15 % | BOE-A-2024-27618 |
| 2º semestre de 2024 | 4,25 % | 12,25 % | BOE-A-2024-13089 |
| 1º semestre de 2024 | 4,5 % | 12,5 % | BOE-A-2023-26709 |
| 2º semestre de 2023 | 4 % | 12 % | BOE-A-2023-15221 |
El error que comete casi todo el sector
Para una factura impagada entre empresas no se aplica el interés legal del dinero (3,25 %) ni el interés de demora tributaria (4,0625 %). Ambos vienen de la Ley 31/2022 (PGE 2023), prorrogada por el art. 134.4 CE al no haber PGE posteriores. No son el interés de demora del art. 7 de la Ley 3/2004. La diferencia sobre una factura de 10.000 € vencida un año es de más de 700 €.